Archivo Municipal de Zacatlán
“Miguel Galindo y Galindo”


Serie documental: Actas de Cabildo

Fecha: 1954-07-22

Resolución: 300ppp

Dispositivo: ScanSnap sv600

Formato: PDF

Página: 47R

Sesión: 17

Fecha de Captura: 2021-03-17

Nombre del Analista: Carlos Moreno Vargas

Revisiones: 2021-07-05

Derechos de Autor: Archivo Mpal. de Zacatlán H. Ayuntamiento 2018-2021. PROHIBIDA LA ALTERACIÓN DE LA IMAGEN.


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Descripción:

Sesión Pública Extraordinaria 22 de julio de 1954 Lectura a la Acta de la Sesión anterior que fue aprobada y firmada. El Ciudadano Secretario dio lectura a los asuntos de trámite que quedaron pendientes de solución.-En uso de la palabra el C. Presidente Municipal manifestó a los CC. Regidores, que la convocatoria a esta Sesión Pública Extraordinaria se debía a que se recibió del H. Congreso del Estado un proyecto, para reformar el Artículo 79 de la Constitución Política del Estado, y al efecto piden se nombre a los CC. Regidores con el objeto de que rindan un Dictamen sobre dicho proyecto señalándose un plazo que vence el día 14 de agosto próximo; el Presidente ordenó se diera lectura al multicitado proyecto, se sacaran las copias necesarias para darlas aquellos Regidores que salieron nombrados para hacer el Estudio y emitir su opinión y enviándola a la H. Cámara de Diputados del Estado para los efectos de Ley relativos.-El Ciudadano Secretario dio lectura al documento que literalmente dice: Iniciativa suscitada por el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado. En papel timbrado del Gobierno del Estado.-Sección de Justicia.-Mesa Tercera.-Número de Oficio 4.-2830.-Expediente 111-9-53-Al centro-Asunto.-Se remite iniciativa de Decreto H. XXXVIII Congreso del Estado.-Presente-El Ejecutivo de mi cargo, en uso de la facultad que le concede la fracción I del Artículo 51, de la Constitución Política Local; y Considerando.-Único-Que constituye una necesidad de orden público el hacer que la Justicia del Estado sea expedita, por lo que es menester que siguiendo los lineamientos de adelanto que ya existen en otras Legislaturas Estatales, se reforme la Constitución Política del Estado, aumentando a diez el número de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, a fin de que el que resulte electo para el importante cargo de Presidente del mismo, pueda desempeñar dicho puesto con mayor eficacia y sin detrimento del funcionamiento de las Salas. Por lo expuesto, este Ejecutivo a mi cargo, se permite someter a nuestra soberanía, la siguiente iniciativa, de Decreto.-Artículo Único.-Se reforma el artículo 79 de la Constitución Política del Estado, en la forma siguiente: "Artículo 79-El Tribunal Superior de Justicia estará integrado por diez Magistrados de número y diez Suplentes que serán nombrados por el Congreso a propuesta en Terna del Ejecutivo.."-Transitorios: Primero-Quedan derogados todas las disposiciones que se opongan a la presente.-Segundo-Este decreto estará en vigor a los quince días después de su publicación en el Periódico Oficial Protesta a nuestra Soberanía mis respeto-Sufragio Efectivo. No Reelección. Heroica Puebla de Zaragoza a 7 de agosto de 1953.El Gobernador Constitucional del Estado.-Gral. Rafael Ávila Camacho.-Rúbrica-El Secretario General de Gobierno-Lic. Roberto C. Bonilla.-Pública-"Sigue diciendo el Señor Presidente que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso B del Artículo 3º de la Ley Orgánica de la Fracción IX del Artículo 139 de la Constitución Política Local, es necesario nombrara a los miembros de este Ayuntamiento para que se avoquen al conocimiento del proyecto de reforma solicitada por el Ejecutivo, y en su oportunidad emitan el Dictamen respectivo=Se discutió ampliamente la propuesta por el C. Presidente Municipal a fin se llegó al siguiente.-Acuerdo: Para cumplir debidamente con lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Orgánica de la Fracción IX del Artículo 139 de la Constitución Política del Estado, nómbrese en Comisión para que emitan Dictamen al Proyecto de Reforma propuesto por el señor Gobernador Constitucional del Estado, a los CC. Regidores Luis Hernández González, Rafael López Álvarez y Herlindo Herrera, háganles saber su nombramiento y con copia de los elementos necesarios, dígaseles que se les da un plazo que vence el 14 de agosto próximo para que rindan su Dictamen y se haga llegar al Congreso Local.-Cúmplase-