Archivo Municipal de Zacatlán
“Miguel Galindo y Galindo”


Serie documental: Actas de Cabildo

Fecha: 1920-01-29

Resolución: 300ppp

Dispositivo: ScanSnap sv600

Formato: PDF

Página: 7R

Sesión: 4

Fecha de Captura: 1920-02-11

Nombre del Analista: Paulina Manuel Pérez

Revisiones: 2021-05-31

Derechos de Autor: Archivo Mpal. de Zacatlán H. Ayuntamiento 2018-20


Descargar Archivo



Descripción:

"Núm. 4 29 / Enero / 1920 Sesión Publica Ordinaria Presidencia del ciudadano Rafael Cruz Se declara abierta de sesión estando los regidores. José de la luz Álvarez, Rafael Lastiri, Reymundo rosas, Vicente reyes, Miguel Hernández Barrios. Con oficio del ciudadano Tesorero Municipal de esta cabecera por el cual comunica que desde hace tiempo se ha dejado de cobrar el recaudo municipal correspondiente a la plaza del mercado de Aguazarca lo cual perjudica notablemente a la oficina de su cargo. Acuerdo: a la comisión del mercado para que dictamine Con otro oficio del mismo señor tesorero manifestando que algunos particulares dueños de automóviles, carretas no han manifestado el pago del servicio y se debe hacer una lista así conforme a las placas. Con otro oficio del del tesorero informando que se autorice el pago de 5 pesos para ministrando y le están solicitado 7 pesos para seguir ministrando Con otro oficio suscrito del señor Braulio Reyes juez menor y correccional de este municipio se le conceda una licencia por el termino de tres días para separarse del juzgado los cuales se contaran desde el día primero del entrante febrero. Acuerdo: 1.-se concede al ciudadano Braulio Reyes juez menor y correccional de este municipio la licencia que solicita. 2.- llámese al suplente para que cubra la vacante Con un escrito del ciudadano Dolores Barrios solicitando un sobre sueldo de cincuenta centavos desde el presente mes de la comisión de hacienda para que dictamine: Dictaminan la comisión de hacienda conteniendo las siguientes proposiciones: Sométase a la aprobación del congreso del estado por conducto del ejecutivo, el siguiente proyecto ampliando y reformado la partida de número 20 del 11 de diciembre del año pasado Se aplica y se reforma la partida número 20 del decreto del 11 de diciembre del año próximo pasado, con que contara en el presente año el ayuntamiento de la cabecera del municipio de Zacatlán: Comisiones para la toma de aguas. Veinticinco a cien pesos por cada toma de agua a cien pesos por cada toma de agua ya se para uso doméstico o regadío Con otro dictamen de la comisión de gobernación que en su parte dice: Primera: es de aceptarse y se acepta la renuncia que formula la señora María Cabrera de la cárcel de mujeres de esta ciudad Segunda: se nombra a la señora Concepción Morales, quien deberá tomar posesión el dia primero de febrero entrante De las comisiones unidas de comunicaciones de agua, abastos, tierras y montes que contiene la siguiente y única conclusión. La comision de gobernación presento su dictamen, que conduce las siguientes proposiciones: Primero: No es de celebrarse el cambio de presidencia de la pension por causa de fundamentos de los informes. Segunda: se hace mension sobre unas laminas para que sirva de camalote a los presos en el interior de la galera, cuyos gastos se acuerda pagar de la perdida correspondiente. Tercera: se hace mension delñ gasto de la manda necesaria y manufactura de una muda de ropa para el preso Abraham Garcia, asi como el gasto de una docena de pedalis para uno de los presos. Pidan a dirección el dictamen que antecede, fueron aprobadas en todas sus partes y se persibe que los gastos que demande se cubran en cargo a la perdida numero 79 del presupuesto de egresos vigentes. Dictamen de la comisión de hacienda condicionando la siguiente proposición: Única: Acuerdo a la perfeccion del congreso del estado, por acuerdo del ejecutivo el siguiente proyecto da decreto adicionado, el 11 de diciembre de 1919. Articulo único: se adicionara el decretro de 11 de diciembre de 1919. Apelación a los jueces que contara en el presente año, ubicado en la cabecera del palacio municipal de Zacatlan, en el orden siguiente: Acuerdos Municipales: Perdidas: 20 hrs: Ejecución de bebidas embriagantes de 15 pendarros a $10.00₵ mensuales. 21 hrs: Comerciantes en nuevo $1.00₵ a $10.00₵ mensuales. Proyecto de reglamento que presento la comisión de hacienda y es como sigue: Primero: para que puedan circular automóviles en el municipio de zacatlan se requiere la correspondiente licencia que será solicitada ante el presidente municipal de la cabecera. Segunda: presentada la solicitud, el presidente municipal ordenara se practique una inspección a fin de que se respete lo encomendado a si mismo se estará revisando si el vehiculo esta en buenas condiciones y en vista del informe pericial se presendira si es de concederle o no la licencia solicitada. Tercera: en dicha licencia se efectuara el numero de orden que corresponda tener el automóvil en el registro general que al efecto lleve la presidencia municipal, la cual se realizara mediante una placa con arreglo a las condiciones del carro. Analista Edith Cuarta: concedida que sean la licencia, el interesado la presentara a la tesorería municipal para hacer el pago correspondiente conforme a la tarifa respectiva. Quinta: cada persona que desee conducir un automóvil deberá presentar su solicitud al presidente municipal, a fin de que sea examinado acerca de su capacidad, por su ingenio o su practico nombrado por el mismo presidente y si el resultado del examen es satisfactorio, se le extenderá por el correspondiente y en el certificado al solicitante. Sexta: a los automóviles que circulen en el municipio y deberán ser de residencia suficientemente conocidos y experimentados, cualquiera que sea su capacidad y su fuerza. Séptima: no se permitirá la circulación de automóviles cuando ya no haya luz natural, si no están provistos de linternas que protegen la luz blanca hacia adelante. Octava: por regla general, todo conductor de automóvil deberá llevar su derecha sin que se interfiera al carruaje mayor velocidad que hasta treinta kilómetros por hora en las calzadas o caminos poco transitados y hasta diez kilómetros por hora en las calles o lugares de tráfico. En los sitios en los que haya mayor circulación de trasitantes y vehículos, la velocidad de los automóviles será igual a la de los demás vehículos, sujetándose en todo al reglamento de policías. Novena: todo conductor de su automóvil deberá moderar y en caso necesario deberá la marcha si observa que algún transitante por defecto físico o por distracción no hace caso del anuncio, o si se advierte que los animales de luir o silla que circulan en su propiedad se asusten o se encabrillen. Decima: la aproximación de los automóviles en los cruceros de las calles o en lugares en los que hubiere gran influencia de público o de vehículos, deberá ser anunciada por medio de una bocina o de un grito bastante fuerte y además disminuirá la velocidad. Undécima: cada automóvil al encontrarse con otro deberá donar invariablemente su derecho o debe hacerse cargo de que haya algún obstáculo se lo impida. Duodécima: cuando su automóvil de la pasar a otro de menor velocidad deberá hacerlo teniendo siempre el lado izquierdo de este. Decima tercera: ningún automóvil se detendrá en Cano y Manuel Oloarte, tendrá con cevier. Firmas: Rafael Cruz, Reinaldo Rosas, R. Z.Z, J de la L. Aldana, Miguel y González. "