Archivo Municipal de Zacatlán
“Miguel Galindo y Galindo”


Serie documental: Actas de Cabildo

Fecha: 1920-07-06

Resolución: 300ppp

Dispositivo: ScanSnap sv600

Formato: PDF

Página: 81R

Sesión: 25

Fecha de Captura: 2021-02-11

Nombre del Analista: Paulina Manuel Pérez

Revisiones: 2021-06-08

Derechos de Autor: Fondo: Archivo Mpal. de Zacatlán Sección: Presidencia Serie: Actas de Cabildo caja 2 libro 1 H. Ayuntamiento 2018-2021. PROHIBIDA LA ALTERACIÓN D


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Descripción:

"Sesión ordinaria del día 05 de julio de 1920. Presidencia del ciudadano Antonio Olvera Molina Numero: 25 Foja inversa:81 A las tres de la tarde de este día y con asistencia de los ciudadanos regidores Agustín León, Ezequiel fuentes, Manuel V. Millán, Federico barrera Méndez, Ángel Barrera, Pedro Álvarez, Hermilio Barrios, Samuel Hernández, Miguel Hernández Baños y Aurelio Hernández, es ciudadano presidente declaro abierta la sesión dándose lectura al acta del anterior la que puesta a discusión sin ella se aprobó. En seguida la secretaria dio cuenta con la siguiente correspondencia Ocursos 1. Del ciudadano Buenaventura R Sánchez renunciando al empleo de ayudante de la escuela central de niños es más “Dr. Belisario Domínguez” de esta ciudad, por las razones que expresa. Pase a la junta municipal de educación primaria para que resuelva lo procedente. 2. Del ciudadano Dolores Barrios Fernández renunciando el empleo de colaborador de la tesorería municipal de esta cabecera, por las razones que expone. Quede de primera lectura. 3. De varios vecinos del pueblo de Tomatlán y manifestando su inconformidad por la capacitación diaria del vehículo de la propiedad del Señor ángel Trejo en virtud de que descompone demasiado las vías publicas de ese lugar. Pase a la comisión del ramo para que dictamine. 4. Del ciudadano Francisco Domínguez, pidiendo le sean pagados sus sueldos que le adeuda la tesorería municipal por los meses de abril y mayo últimos, y como secretario del juzgado menor y convencional de este lugar, en virtud de encontrarse enfermo. Quede a cargo de la mesa gestionar se les sean pagados al ocursante, los sueldos que le adeudan la tesorería municipal. Oficios 1. El ciudadano presidente del ayuntamiento de Hueytlalpan, comunicando que el consejo de ese lugar acepto la renuncia que formulo el ciudadano Adrián Sánchez del cargo de concejal propietario del mismo concejo. Puesto a la consideración de la asamblea el contenido del oficio, que se dio cuenta, se acordó que no siendo renunciable el cargo por eso elección popular, con fundamento del artículo 5° de la constitución General de la república, dígase al presidente del consejo municipal de Hueyatalpan que debe corregir el trámite en el sentido de que no es de aceptarse, si se acepta la renuncia de ciudadano Adrián Sánchez como regidor propietario de ese consejo. 2. Del ciudadano tesorero municipal acompañando una lista de los adeudos incobrables que, a ese en la oficina de su cargo, a fin de que se acuerde lo procedente. A la comisión de hacienda para que dictamine. 3. Del mismo tesorero municipal participando que han quedado agotado la partida número 9 del presupuesto de egresos vigente. A las comisiones unidas de hacienda y justicia para su dictamen. Dictámenes 1. De la comisión de justicia y elecciones que contiene las siguientes proposiciones: Primera: se nombran miembros del respetable jurado que deberán desempeñar sus funciones en la cabecera de este municipio durante el año de 1921 a los ciudadanos que constar anotados en la lista nominal correspondiente y en cuyas listas se compone cien ciudadanos vecinos de esta población. Segunda: expídase en su oportunidad de los nombramientos respectivos a los ciudadanos designados para el expresado cargo y hágase las publicaciones de ley. Tercera: cúmplase con lo que prescribe el artículo 36 de la ley orgánica del poder judicial de la federación y remítase al ciudadano juez de distrito numerario en el estado las listas formadas, así como las manifestaciones y solicitudes que fueren presentadas. En el Cuarta: aprobadas definitivamente dichas listas, hágase conocer a la asamblea y publíquese en el periódico oficial del estado, el 31 de julio actual. Puesto a discusión el dictamen que antecede, fue aprobada por unanimidad ordenando sean remitidas en las listas correspondientes al juez de distrito numerario en el estado para los efectos legales consiguientes. 2. De la comisión de instrucción pública que contiene la siguiente Ronda: Primero: expídase los venció nombramientos de delegados de instrucción primaria de los barrios y rancherías de esta cabecera, en favor de los ciudadanos e inspectores propietarios que contestan en la lista siguiente: Segundo: Gírese circular a los presidentes de las juntas auxiliares de los pueblos subalternos de esta jurisdicción, para que coadyuvan con lo permitido en los artículos 35 y 37 de la ley de educación primaria vigente. Tercero: comuníquese a la honorable junta municipal de educación primaria para los efectos legales consiguientes, siendo la lista de que se trata en la forma siguiente: Tabla Discutidas las proposiciones el dictamen que antecede, fueron aprobadas en todas sus partes, acordando se expidan por la mesa, los nombramientos respectivos. 3. De la comisión de festividades cívicas que contiene las siguientes proposiciones: Primera: se nombra una junta patriótica compuesta de los ciudadanos Manuel Reyes Juárez, Guillermo Quirós, Alfonso Rivera y Profesor Eduardo Arroyo, para que en unión de la comisión de festividades cívicas, se encargue de organizar una manifestación cívica del dieciocho del presente mes, en la mañana y una velada literaria-musical por la noche, en honor del distinguido mexicanos ciudadano Licenciado Don Benito Juárez, cuyo programa se someterá para su aprobación en la próxima asamblea. Segunda: dígase a todos los funcionarios públicos y empleados municipales del estado y federales que no permitiendo que el estado del erario municipal hacer gastos de esos fondos que deben erogarse en esta solemnidad, se les suplica y encarece que, por patriotismo se sirva contribuir con un día de haber para hacer fruto a esos gastos. Tercera: hágase saber a los propios funcionarios y empleados públicos del municipio, del estado y de la federación, que sin excusa alguna deben concurrir a las ceremonias que tendrán verificativo el día dieciocho del actual con motivo del aniversario de la muerte del benemérito de las Américas ciudadano Licenciado Don Benito Juárez. Cuarta: dígase igualmente a los directores de las escuelas oficiales y particulares del centro de esta ciudad, concurran con sus alumnos a la manifestación cívica que tendrá lugar el día dieciocho del presente mes; y por último, aprobadas que fueren las proposiciones anteriores, Gírese circular a los empleados y funcionarios para su conocimiento y en su oportunidad mándese imprimir en los programas respectivos y distribuyese conforme a la lista que presentan las comisiones indicadas. Discutidas que fueron suficientemente, las proposiciones del dictamen que antecede, fueron aprobadas en todas sus partes ordenando se giren los oficios correspondientes. Habiendo terminado de darse cuenta con la correspondencia, el ciudadano Presidente sometió a la aprobación de la asamblea el proyecto de prevenciones que hacen los vecinos de la cuarta sección del centro, barrios y rancherías de esta jurisdicción, para que ocurran para verificar los adeudos que tuvieren pendiente en la tesorería municipal por el impuesto correspondiente a fincas rústicas y urbanas que prescribe el decreto de 3 de diciembre de 1917; cuyo proyecto es como sigue: La presidencia municipal de mi cargo de acuerdo con el honorable ayuntamiento constitucional de esta cabecera y teniendo en consideración: que todo ciudadano está obligado a contribuir para los gastos públicos, así de la federación como del estado y municipio en que resida; de la manera profesional y equitativa que disponía que las leyes y según lo previene el artículo 31 de la constitución General de la república: que con motivo de la supresión de la contribución personal llamada de “Chicoutepec” cuyo impuesto era los principales árbitros con que contaba este municipio para el sostenimiento de las escuelas, el erario municipal carece de los recursos necesarios para cubrir sus gastos que van siendo mayores cada día; que según decreto expedido por el superior gobierno del estado con fecha 3 diciembre de 1917, quedaron autorizados a los ayuntamientos y juntas auxiliares de los pueblos para cobrar un impuesto predial de 2 y 4 al millar sobre el valor de las fincas urbanas y rústicas; que estando ya practicando el revaluó de las propiedades indicadas en las cuatro secciones del centro, barrios y rancherías de esta cabecera, notificado legalmente a cada propietario lo que debe pagar por cada una de esas fincas, sin que se haya objetado la cotización hasta la fecha, o sea el derecho que concede el artículo 22 del expresado decreto de 3 de diciembre de 1917, y puesto que dicho decreto no ha sido derogado por autoridad alguna superior, no hay razón justificada para que los vecinos se nieguen a cubrir las cantidades que por tal impuesto adeudan a la tesorería municipal; que tanto está la presidencia como las oficinas encargadas de hacer efectivo el pago de la expresada contribución, tiene facultades en el ramo de hacienda para imponer su autoridad en caso necesario, ya sea dictando las medidas que estuviere procedentes, o bien adeudado al ciudadano tesorero que ejerza la facultad económica coactiva para evitar aglomeración de rezagos o que se creían adeudos insolutos. En vista de lo expuesto y a fin de prever perjuicios a la hacienda pública o a los asesinos de esta dimanación, he tenido a bien disponer lo siguiente: Primera: se concede un plazo improrrogable que vencerá el día último del presente mes para que los dueños de fincas rústicas y urbanas ubicadas en las cuatro secciones del centro, barrios y rancherías de esta cabecera se presenten a cubrir los adeudos que tuvieran pendientes en el expresado impuesto en la tesorería municipal local. Segundo: la inobservancia de la disposición que antecede será motivo más que suficiente para que el ciudadano tesorero proceda desde luego al embargo de la finca objeto del adeudo, de conformidad con lo prescrito por el artículo en 21.º del decreto del 12 de abril del año de 1919 en los términos que previene la ley económica-coactiva. Tercera: por aviso que se mandaran fijar en las cuatro secciones del centro de esta ciudad, en los barrios y en las rancherías correspondientes de esta cabecera, se hará del conocimiento público y por oficio al ciudadano tesorero. Puesto a discusión el anterior proyecto y aprobado que fue, se acordó la impresión de 500 ejemplares que pagara la tesorería municipal con cargo a la partida respectiva. A continuación, se dio lectura a las reformas de ley orgánica municipal que en su parte resolutiva que debe desempeñar el cargo de jurídico de esta corporación, para el segundo periodo, y en virtud de tal disposición, se procedió a la elección de dicho ciudadano por escrutinio decreto. Repartidas las cedulas correspondientes, y practicado el computo respectivo, resulto electo por mayoría de votos el ciudadano regidor de este ayuntamiento y presidente de la comisión de instrucción pública ciudadano Don Agustín León. No habiendo más asuntos de que tratar en la presente sesión el ciudadano presidente la dio por terminada a la que dejo de asistir por causa de enfermedad el ciudadano regidor Don Miguel Álvarez. Firmas: Antonio Olvera Molina, Manuel V Millán, E Fuentes Aldana, Agustín León, Federico Barrera, Miguel Hernández, Ángel Barrera, Aurelio Hernández, Hermilio Barrios, Pedro Álvarez, Samuel Hernández. "