Archivo Municipal de Zacatlán
“Miguel Galindo y Galindo”


Serie documental: Actas de Cabildo

Fecha: 1923-09-04

Resolución: 300ppp

Dispositivo: ScanSnap sv600

Formato: PDF

Página: 2F

Sesión: 1

Fecha de Captura: 2021-02-17

Nombre del Analista: Carlos Moreno Vargas/ Verónica Pérez González

Revisiones: 2021-06-11

Derechos de Autor: Fondo: Archivo Mpal. de Zacatlán Sección: Presidencia Serie: Actas de Cabildo Caja 2 Libro 8 H. Ayuntamiento 2018-2021. PROHIBIDA LA ALTERACIÓN DE


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Descripción:

"Grabadores Carlos Moreno Vargas y Verónica Pérez González Sesión pública extraordinaria del día 4 de septiembre de 1923 Numero 1 foja 2 Frente Presidencia del C. Pedro Lecona. De conformidad en la circular relativa por la que fueron convocados los ciudadanos regidores a las once horas del día antes citado. Estuvieron presentes en la sala de sesiones los ciudadanos Braulio Reyes, Lauro Gómez, Julio Santos, Alberto Macín y Ricardo Soria Muñoz, el ciudadano presidente declaro abierta la sesión. Acto continuo el expresado señor presidente manifestó: que el objeto principal de esta sesión es dar a saber a la H. corporación municipal que, habiéndose interrumpido el funcionamiento legal de esta propia asamblea, por la demanda de amparo que contra actos del que habla interpusieron ante el ciudadano juez de 1ª instancia y de lo criminal de este municipio los ex -regidores Eduardo Lecona, Manuel Sánchez Arias, Everardo González y Gabino Rivera, recurriendo al funcionario de que se trata en auxilio de la justicia federal y quien concedió el acto declarado según su resolución respectiva; mas como fuere procedente pidió al juez supernumerario de Distrito en el Estado designado por los quejosos para conocer de la resolución de dicha demanda, la revocación del auto dictado por el juez local de que se ha hecho referencia, y el mismo ciudadano juez supernumerario de distrito en el estado tuvo a bien revocar dicha resolución en el sentido siguiente: Puebla de Zaragoza veintinueve de agosto de 1923 visto lo resuelto en el incidente de suspensión y considerando primero: según se ve por el informe previo rendido por la autoridad ejecutora el acto reclamado ya esta ejecutado y como no hay en autos prueba alguna que desvirtué lo que el informe asevera y si hay una copia calificada que lo corrobora se debe tener como cierto lo aseverado por la autoridad expresable para los efectos de esta resolución. Considerando segundo. La suprema corte de justicia ha auscultado jurisprudencia en el sentido de que los actos ejecutados no son susceptibles de suspensión porque no se le puede dar efectos restitutorios que solo caben en la sentencia definitiva (pecuniario judicial de la federación tomo X pagina 1297 considerando Tercero. - lo sentado en el considerando anterior no afecta al quejoso Sabino Rivera respecto de quien la autoridad ejecutora niega la existencia del acto reclamado sin prueba en contrario: por lo expuesto se resuelve. I.- se revoca el auto dictado por el ciudadano juez de lo criminal de Zacatlán que resolvió la suspensión del acto recamado II.- se decreta la suspensión del acto reclamando III.- codifíquese como corresponde. Lo proveyó y firmo el ciudadano Lic. Ignacio Martínez …, en comisión juez supernumerario de Distrito en el Estado ante los testigos de Asistencia que por ausencia temporal del secundario dan fe= Ignacio Martínez A. D. A. Moisés del Castillo R. =D. H. M. Diaz Aguilar= Que por lo expuesto y en atención a la providencia que antecede deben reanudarse las labores constitucionales del H. cuerpo Municipal en la forma designada y aprobada legalmente en la sesión extraordinaria verificada el siete de julo del corriente año. A continuación, el ciudadano regidor Braulio Reyes haciendo uso de la palabra dijo: que con la resolución dictada por el ciudadano juez supernumerario de Distrito en el Estado se ratifica la legitima forma como quedo integrada la H. corporación Municipal en su acuerdo de la externada fecha siete de julio del corriente año deliberado continuar en funciones y para lo cual debe comunicarse al superior gobierno del estado cese como a las oficinas públicas de la localidad. Para terminar el ciudadano Leopoldo Rivera secretario actual informo a la corporación que en el periodo en que en que ilegalmente funcionaron usurpando facultades al ayuntamiento legalmente constituido por ex regidores presididos por el Ciudadano Eduardo Lecona quienes nombraron secretario de la corporación al ciudadano Torcuato Lecona debe hacérseles responsables de todo o lo que resulte inculpado de la ocultación del libro de actas de sesiones del ayuntamiento y los sellos del uso de la presidencia y secretaria respectivamente así como de los documentos que maliciosamente se hallan extraído de las dependencias municipales; y que como secretario trato de aludir cualquier responsabilidad que por actos hechos pudieran recaerle. En vista de lo expuesto la H. corporación municipal acordó se practiquen las averiguaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos denunciados por el secretario Rivera previa comprobación de actas, consígnese por el síndico del cuerpo edilicio al responsable o responsables ante la autoridad judicial correspondiente. No habiendo mas asuntos de que tratar en esta sesión, pero debiendo resolverse Otros de carácter urgente y de pronta resolución se acordó señalar las diez horas del día de mañana para celebrar otra sesión extraordinaria quedando de esto entendidos Los regidores presentes, levantándose esta acta para la debida constancia que una vez leída fue firmada haciendo se constar que le regidor Gabino Rivera no concurrido por no haberle encontrado en su casa para darle aviso. "