Sesión pública: Ordinaria
Fecha: 1933-02-21
Resolución: 300ppp
Dispositivo: ScanSnap sv600
Formato: PDF
Página: 12R
Sesión: 8
Fecha de Captura: 2021-03-02
Nombre del Analista: Carlos Moreno Vargas / Verónica Pérez González
Revisiones: 2021-06-22
Derechos de Autor: Fondo :Archivo Mpal. de Zacatlán Sección :Presidencia Serie :Actas de cabildo Caja 3 Libro 7 H. Ayuntamiento 2018-2021. PROHIBIDA LA ALTERACIÓN DE
Descripción:
"Número: 08 Foja: 13 Sesión pública ordinaria del día 21 de febrero de 1933. Presidencia del C. Teodoro Álvarez B. A las diecisiete horas, con asistencia de los ciudadanos regidores José María Rosas, Ernesto Herrera Cano, Fidel Hernández y Gabriel Trejo, el C. presidente declaro abierta la sesión, dándose lectura al acta del anterior que sin discusión fue aprobada. La secretaria dio cuenta con los siguientes documentos. Primero: dictamen de las comisiones de hacienda y aguas y abastos que dice: honorable ayuntamiento: que las comisiones de hacienda y aguas y hasta estos unidas, hay quienes se firmó para un estudio el escrito del comandante Fidel Arroyo por el que acompaña copia debidamente cotejada, por la secretaría de contrato expedido a su favor por la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, con relación a la venta que está hizo a aquel de la toma de agua con un desagüe que fue de la propiedad del Señor Antonio morales en alcantarilla situada en el norte de la casa que forma esquina con las calles Daniel Cabrera y seguida de hasta moros de esta ciudad, fuere el honor de tener a la aprobación de esta asamblea, el siguiente dictamen: Primero: se pone como legal la venta que al respecto a la merced de agua que perteneció al Sr. Antonio morales, hizo en su carácter de albacea de esta testamentaria la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera en favor del Sr. Fidel Arroyo, con fecha 14 de junio de 1928. Segundo: la venta al que se contrae el punto anterior no puede comprenderse de ninguna manera con el desagüe de la c meses el que perteneció al finado Sr. Antonio Morales supuesto que, de conformidad con la primera de la proposición de la primera a misión de aguas de este ayuntamiento por el año de 1888 y que fue aprobada por sesión ordinaria del día 26 de abril del mismo año, dicho desagüe quedo a favor del ayuntamiento de esta ciudad, el que más tarde por acuerdo aprobado en sesión ordinaria del día 20 de septiembre del mismo año de 1888, preside el Sr. Cesario Cabrera, perteneciendo por lo mismo este desagüe a la concesión del propio Sr. Cesario Cabrera, que en la presente fecha representa la Srta. Isabel Cabrera, según su escrito de 16 de enero del año en curso, por el que pide siga en servicio de su casa habitación el desagüe de referencia, se extiende con las obligaciones continuas por el Sr. Cesario Cabrera y que aparecen en la alidada sesión del día 20 de septiembre de 1888. Tercero: el Sr. Fidel Arroyo, quien, desde el catorce de junio de 1928, ha estado teniéndose con perjuicio de los demás interesados al agua que abastece su alcantarilla de donde actualmente se surten por la compra de la toma de agua de la misma, hizo la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, como albacea testamentaria del Sr. Antonio Morales, deberá pagar, para cubrir el mes de junio de 1928 en la tesorería municipal de esta cabecera, la pensión que le corresponde a razón de un peso mensual, que en junio, hasta el presente mes de febrero, asciende a la cantidad de 56 pesos. Cuarta: el mismo Sr. Fidel Arroyo, como actual propietario de la toma de agua que le vendió la Sra. Rosenda Ricaño, deberá continuar sirviendo el desagüe que resulta de la citada toma, a la casa del Sr. Cesario Cabrera de acuerdo con los antecedentes que forman los acuerdos de este ayuntamiento aprobados el 26 de abril y 20 de septiembre respectivamente de 1888, que estás comisiones juzgan impredecible y de vital importancia para los intereses que actualmente representa el Sr. Cesario Cabrera y que el representante caso lo es el de la Srta. Isabel Cabrera. Quinto: el Sr. Fidel Arroyo deberá seguir pagando por su pensión mensual por la merced de agua con desagüe que ha adjuntado por el tributo que le expidió la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera como albacea de la testamentaria del Sr. Antonio morales, la cantidad de un peso mensual. Sexta: estimamos oportuno que la mayor brevedad les sean efansurada a la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera la toma de agua que no obstante la renta que hizo el Sr. Fidel Arroyo, continuará usando de la alcantarilla ubicada en la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez y que según acuerdo de este ayuntamiento de 23 de mayo de 1888 nuevo que se verificara en todas sus partes debe servir las mercedes de agua de las casas del Sr. Pérez Téllez y Mariano Dávila quienes respectivamente dan el servicio de un desagüe, con esta aprobado, a las casas de los Señores Miguel Arroyo y Aurelio Márquez, pues no sería conveniente ni justo que estos servicios continuará mermándose, no obstante la renta real y efectiva que de la merced correspondiente al Sr. Antonio Morales, hizo en el carácter de albacea de esta testamentaria la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera. Séptimo: el Sr. Fidel Arroyo, de conformidad con la partida número 47, del plan de árbitros vigente, deberá pagar en la tesorería municipal por derechos de contrato que le otorgo la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, la cantidad de tres pesos. Octavo: debe prevérsele al ciudadano tesorero municipal que cubiertos que sean los pagos anteriores registrarse los padrones de aquella oficina las constancias que correspondan, dado de baja al Sr. Antonio morales y de alta a la igual categoría Fidel Arroyo, por la compra que de agua que perteneció al primero, para albacea de esta sucesión Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera. Novena: para la sola vigilancia del servicio que da la alcantarilla situada en la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez, debe esta ser alunbrada por el honorable ayuntamiento de esta ciudad, sin que esta administración tiene derechos posteriores al mismo, por razón de que tiene perfectamente afirmada sus concesiones a los Señores Manuel Pérez Téllez, Manuel Dávila, Miguel Arroyo y Amelio Márquez, y a partir de esta fecha, el Sr. Fidel Arroyo, por la compra de la merced de agua que perteneció al Sr. Antonio Morales hizo albacea de esta testamentaria Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, con fecha 14 de junio de 1928. Presentados a esta honorable asamblea respetable. Sala de comisiones del honorable ayuntamiento de Zacatlán Puebla a los 20 días del mes de febrero de 1933. El comisionado de hacienda. Ernesto Martínez. Rubricas. El concesionario de aguas y abastos. Gabriel Trejo. Fidel Hernández. Rubricas. Puesto a discusión el anterior dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular. Segundo: de las comisiones de hacienda y aguas y abastos unidas que literalmente dice: honorable ayuntamiento: las comisiones de hacienda y aguas y abastos unidas al quienes pasó para su estudio y resolución el ocurso con fecha diez de los corrientes se nombra a la consideración de este ayuntamiento la Sra. Angelina Galindo por su propio de derecho y en representación de José Miguel Arroyo; Silvana y Clotilde Teresa López por lo que hace a la del finado Sr. Manuel Pérez Téllez; y Miguel María, Beatriz y clementina Márquez Rivera por lo que respecta a su finado Padre Don Aurelio Márquez y por cuyo asientan los peticionarios a haider la intervención de ese tratamiento para que el mismo resuelva sobre los atropellos de que han hecho víctimas de parte de la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera en relación con una toma de agua que con perjuicios a los interesados remita a la expresada Señora al Sr. Fidel Arroyo, a la alcantarilla situada en la planta de la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez, tenían en horror desastre a la aprobación de esta corporación; el siguiente dictamen Primero: practicadas la visita de ojos solicitada por los interesados Auselino Galindo, Selibana y Clotilde Pérez López y Miguel, María, Beatriz y Clementina Márquez Rivera con una representación que se vez más a pagar, se tiene en conocimiento que, además de las tres tomas de agua que desde hace 44 años se abastecieron de la alcantarilla situada en el portal de la casa del finado Sr. Manuel Pérez Téllez, a servicio y abierta fechas otra, que es precisamente la que alimenta el agua que utiliza en la casa del Sr. Fidel Arroyo ubicada en avenida Daniel Cabrera de esta ciudad. El mundo: el Sr. Fidel Arroyo, como lo tiene ya manifestado a este ayuntamiento con un escrito de fecha trece de los corrientes y cuyo estudio por separado ya desahogado las comisiones que representamos, obtuvo la toma de agua de que se trata que es incisa mérito la que correspondió al finado Sr. Antonio morales, por renta de los derechos y acciones que de la misma le hizo la albacea de esta testamentaria Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, con fecha 14 de junio de 1928, como consta en el contrato respectivo. Tercero: la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera en la forma que ha seguido usando el agua que vendió del Sr. Fidel Arroyo, ha defraudado los intereses de los vecindantes a quienes previamente favorecieron los acuerdos aprobados por el ayuntamiento de esta municipalidad con fecha 23 de mayo de 1988, mismos que se ratifican en todas sus partes, por ser ellas la aprobación dada a un convenio expreso ser emperador entre los finados Antonio Morales, Manuel Pérez Téllez, Mariano Dávila, Fidel Arroyo y Aurelio Márquez, todos representados actualmente por los proponentes a quienes existan derechos legítimos por lo que hace a lo concedido y aprobado con anterioridad por este ayuntamiento. Cuarta: es enteramente es cierto que el ayuntamiento de esta ciudad ha ministrado desde tiempo inmemorial y administra actualmente por medio de un fontanero que tiene la llave, la alcantarilla situada en el portal de la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez. Quinto: está plenamente demostrado por voz del fontanero Ventido León que a fecha los trabajos o últimos, que las reparaciones o reconstrucciones del caño principal conductor de la guantera alcantarilla situada en la parroquia de esta ciudad de la casa del finado Sr. Manuel Pérez Téllez, de que se sirven los ocursantes, son costeadas por ellos con su recomendado carácter de propietarios en comunidad de dicho caño. Sexta: que sea resolverse y se resolver, además del expresado con claridad del contrato de renta otorgado por la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, como albacea de la testamentaria del Sr. Antonio Morales, en favor del Sr. Fidel Arroyo con fecha 14 de junio de 1938, que a la atada Sra. Con el carácter que acredito, vendió la toma de agua que perteneció a la propiedad testamentaria tierra presenta sin que darle parte alguna de dicha agua, que es la que el ayuntamiento de esta ciudad la vino reconociendo y de la cual existe constancia en sus archivos. Séptima: en consideración de los puntos anteriores, proceder desde luego la clausura de la toma de agua de que fue dueño el Sr. Antonio morales, y de que dispuso su albacea testamentaria Doña Rosenda Ricaño viuda de Rivera, quien obstante la renta que hizo a los derechos y acciones que reconoce o reconocería, continúa abasteciendo la casa del desaparecido Sr. Morales a cuyo efecto deben girarse ordenes inmediatas al fontanero de este ayuntamiento para que los ocursantes Señor Auselino Galindo y demás interesados no se perjudiquen con la merma consiguiente: que de sus aguas han venido teniendo, por virtud de la toma atentatoria con que ha procedido a la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera. Octavo: para la sola vigilancia de ser la visión queda la alcantarilla situada en la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez, debe estar seguir siendo administrada por el honorable ayuntamiento de esta ciudad, sin que esta administración diera derechos posteriores al mismo, por razón de que tienen definidas sus concesiones a los Señores Manuel Pérez Téllez, Mariano Dávila, Miguel Arroyo y Aurelio Márquez y actualmente al Sr. Fidel Arroyo, por la compra de la merced de agua que perteneció al Sr. Antonio Morales, hizo albacea de esta testamentaria Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, con fecha 14 de julio de 1938. Noveno: el honorable ayuntamiento de Zacatlán, por virtud de la renta de los derechos y acciones que la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera en su carácter de albacea de la testamentaria del Sr. Antonio Morales, no reconociéndole en la toma de agua que se dio en favor del Sr. Fidel Arroyo, da por terminada cualquiera injerencia, él quiere la representa Sra. Viuda de Rivera, pudiera intentar en la alcantarilla situada en la casa del Sr. Manuel Pérez Téllez, y por lo tanto al en el agua que abastece, pasando a formar parte de la comunidad a la que perteneció al Sr. Antonio Morales de cuya testamentaria esa base a la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, el Sr. Fidel Arroyo, a quien este ayuntamiento reconoce derechos legítimos de propiedad por virtud de título que le acompaña, y por poderlo así los ocursantes Señores Angelina Galindo y demás interesados. Décimo: comuníquese los anteriores a guarros a los ocursantes Anselmo Galindo y demás interesados, así como a la Sra. Rosenda Ricaño viuda de Rivera, a los primeros como resultado de su ocurso de fecha tres de los corrientes y a la última para que se ajuste a sus procedimientos a lo acordado por este municipio. Protestamos a esta honorable asamblea las seguridades de nuestros respetos. Sala de comisiones del honorable ayuntamiento de Zacatlán Puebla a los 20 días del mes de febrero de 1933. El comisionado de hacienda. Ernesto Martínez. Rubrica. Los comisionados de aguas y abastos. Gabriel Trejo. Fidel Hernández. Rubricas. Puesto a discusión el dictamen que antecede fue aprobado en lo general y en lo particular. Tercero: dictamen de las comisiones de hacienda y aguas y abastos unidas, que literalmente dice: honorable asamblea: las comisiones de hacienda y aguas y abastos unidas, hay quienes fue tomado para su estudio y el escrito presentado por el ciudadano Rafael Herrero Villanueva con fecha 30 de enero del presente año, por el cual solicita como representante legal del finado Sr. José María Herrero López, le sean condonados los adeudos que por pensión de agua tiene la tesorería municipal de esta ciudad a contar del mes de diciembre del año de 1928 por virtud de que si no uso de dicha agua por distintas causas ajenas a la voluntad del peticionario, tiene el honor de comentar para la aprobación de este ayuntamiento el dictamen siguiente: Primero: se condona a los representantes de la sucesión del Sr. José María Herrero López, en consideración con el escrito por el Sr. Rafael herrero Villanueva, fechado el 30 de enero del presente año, los adeudos que tiene pendientes en la tesorería municipal de este municipio, a contar desde el mes de diciembre de 1928 hasta diciembre de 1932, por concepto de pensiones de agua, a virtud de que en durante el ese tiempo no hicieron uso de la merced que este ayuntamiento tiene concedida al representado Sr. José María Herrera López. Segundo: la sucesión del Sr. José María Herrero López, seguirá emprendido desde el mes de enero del presente año de 1933, por la pensión de agua que le corresponde, las cantidades mensuales que tiene asignadas y que constan en los padrones de la tesorería municipal de esta municipalidad. Tercero: comuníquese. Protestamos a este honorable ayuntamiento en las seguridades de nuestros respetos. Sala de comisiones del honorable ayuntamiento de Zacatlán Puebla a los 20 días del mes de febrero de 1933. El comisionado de hacienda. Ernesto Martínez. Rubrica. Los comisionados de aguas y abastos. Gabriel Trejo. Fidel Hernández. Rubricas. Puesto a discusión el anterior dictamen fue aprobado en lo general en lo particular. El ciudadano regidor de fomento, agricultura, industria y comercio Fidel Hernández en uso de la palabra que solicito y le fue concedida manifestó: que reglamento de vigilancia vigente no llena sin satisfacer los intereses ya del gremio de pulqueros como de la sociedad por razón que, de la venta de pulques, así como muchas cosas de comercio distintas de pulquerías, así como en el mercado público, como en otros sitios. Se ha vendido cometiendo un abuso que procede principalmente de que el referido reglamento disminuyó que la renta del expendio de pulques, en general, y por tanto pide el nombre de la moralidad y el buen ejemplo social, que es el deficiente reglamento será forme y se designa la renta de pulque en los establecimientos comerciales y otros de los sitios que han mencionado y que no se dediquen exclusivamente a la venta de esa debida. Pues a discusión la proposición del ciudadano regidor Hernández, se aprobó por unanimidad el siguiente acuerdo: Único: se comisiona a los ciudadanos regidores de hacienda Ernesto Martínez, así como al de fomento, agricultura, industria y comercio Fidel Hernández, para que establezcan y presenten un proyecto de reforma total al reglamento de pulquerías en vigor. Y no habiendo otro asunto más de que tratar, se dio por terminada la sesión, levantándose la presente acta para la debida constancia. Firmas. T. Álvarez B. José M. Rosas, F. Hernández, Gabriel Trejo, Ernesto Martínez, Juan Pérez Cortez, M. Márquez R. "