Archivo Municipal de Zacatlán
“Miguel Galindo y Galindo”


Sesión pública: Ordinaria

Fecha: 1931-09-21

Resolución: 300ppp

Dispositivo: ScanSnap sv600

Formato: PDF

Página: 60F

Sesión: 26

Fecha de Captura: 2021-03-04

Nombre del Analista: Edith Cruz Rosales

Revisiones: 2021-06-23

Derechos de Autor: Fondo :Archivo Mpal. de Zacatlán Sección :Presidencia Serie :Actas de Cabildo Caja 4 Libro 2 H. Ayuntamiento 2018-2021. IMAGEN


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Descripción:

"Número: 26 Foja: 60 Sesión pública ordinaria del día 21 de septiembre de 1931. Presidencia del C. Juan C. Salas. En el municipio de Zacatlán, a las dieciséis horas del día citado, reunidos en el local destinado a cabildos la mayoría de los ciudadanos regidores que integran el H. Ayuntamiento, se declaró abierta la sesión. La secretaria dio cuenta con la correspondencia de trámite, haciendo antes lectura al acta anterior que fue aprobada por unanimidad. I. Ocurso del C. Leopoldo requiera, en donde manifiesta adeudar por concepto de aguas la cantidad de 89.04, pues sus circunstancias económicas a no le han permitido pagar a la tesorería municipal ese adeudo; y que hoy pide se le haga una condonación sino de toda la cantidad, sea de una parte, ofreciendo pagar en abonos de la cantidad que quede firme. Se de enterado. Acuerdo: por las razones expresadas en el ocurso relativo, se le condona el 20% de su adeudo, siempre que pague en dos exhibiciones, la primera el 15 de octubre próximo y la segunda el 15 de noviembre, de no hacerlo se le cancelará el servicio de acuerdo con la disposición que dicta el H. Ayuntamiento el 23 de junio del año anterior. En seguida, que la comisión de aguas y su Ocurso de la palabra y manifestó: que según la ley de aguas vigente deben abstenerse a la secretaria de agricultura y fomento de la confirmación de derechos que el H. Ayuntamiento tiene sobre los manantiales que surten el abasto público de la población de acuerdo con los artículos 12-13 y 15 de la citada ley, y artículos 24 y 26 de su reglamento, toda vez que el H. Ayuntamiento a esta dentro de la ley y en este caso se trata de un servicio y necesidad pública como es el abastecimiento de agua para uso a económico de una población. Puesta a discusión el punto anterior, sin ella se aprobó, acordándose que desde luego haga la solicitud la propia presidencia el nombre y representación de la H. Corporación municipal. La comisión de tierras y montes, así como de hacienda, pidió hacer uso de la palabra y manifestó: que conforme al artículo 27 constitucional fracciones VI y VII, todos los ayuntamientos de la república pueden poseer bienes raíces para los servicios públicos de la ministración; que este municipio posee varias fracción ese terreno, partes montosas que nada le producen; que ya en la sesión ordinaria del día 1° de junio anterior propuso se usarán esos terrenos y que hasta la fecha nada se ha hecho; que el gobierno federal así como el del estado se ha venido preocupando porque exista la pequeña propiedad en toda la república; y que, ya que el municipio posee bienes propios de acuerdo con la ley y que estos nada le producen, deben venderlos para que con su producto se atiendan y establezcan servicios públicos de que el municipio carece, como en el rastro de la ciudad; por cuyos motivos y reforzando de todo lo ya expuesto, se permiten hacer la siguiente proposición: 1° con fundamento en el artículo 27 constitucional fracción VII inciso b, c, y d y por convenir así a los intereses del municipio, son de inaugurarse a quien lo solicite esas fracciones de terrenos con monte que el H. Ayuntamiento posee en los distintos lugares del municipio, siendo el valor de una hectárea el precio de 10 pesos, pudiendo adquirir cada interesado de una a diez hectáreas. 2° los compradores pagaran el valor de las fracciones por bimestres adelantados de 25 cada una siempre que pasen de $40.00 no llegando a esta cantidad pagaran en dos exhibiciones. 3° previa solicitud a los interesados, se les extenderá la escritura de propiedad respectiva, a cuyo efecto se autoriza al C. Síndico del H. Ayuntamiento para que en nombre y representación del H. Ayuntamiento extienda de las escrituras de venta que fueren solicitados. 4° las cantidades que por este concepto ingresen al tesorero municipal, se destinada exclusivamente para establecer un rastro de ciudad. Discutida la proposición anterior y después de haber sido estudiado, se aprobó por unanimidad, acordándose se haga del dominio público para los efectos consiguientes, así como también del superior gobierno del estado. No habiendo más asuntos que tratar, se dio por terminada la sesión, levantando la presente para constancia. Firmas: José Herrero, Juan C. Salas, Evodio Lecona, Moisés Cercas, Erasto López, Gonzalo Sánchez, Rutilo Cortés, J. Galindo Téllez. "